Documentación en el Concurso de Acreedores
La documentación a presentar ante el juez difiere si el concurso es voluntario o necesario. En el caso del concurso voluntario, el deudor debe demostrar su insolvencia con una memoria económica de los últimos tres años. Si es persona jurídica, indicará si está casado, quién es el cónyuge y el régimen matrimonial. Además, entregará un inventario de sus bienes y una relación alfabética de acreedores, con sus créditos y vencimientos. Si es persona física o jurídica con actividad económica, presentará su documentación contable de los últimos tres años.
En el concurso necesario, solicitado por un acreedor, este debe identificar al deudor, identificarse a sí mismo, justificar la solicitud y aportar documentación que pruebe la insolvencia del deudor.
Declaración del Concurso y Publicidad
Declarado el concurso, el juez emite un auto publicado en el BOE y en el diario de mayor circulación de la provincia del domicilio o establecimientos principales del deudor, así como en los registros donde posea bienes.
Contenido del Auto Judicial
El auto judicial incluye el nombre del deudor, de los administradores y sus funciones, si es concurso voluntario o necesario, medidas cautelares y un llamamiento a los acreedores para que presenten la documentación y cobren sus créditos.
Órganos del Concurso
El concurso cuenta con órganos obligatorios, como el juez de lo mercantil y los administradores concursales, y no obligatorios, como la Junta de Acreedores y el Ministerio Fiscal.
El Juez
El juez es el órgano rector del concurso, con gran poder de decisión en todos los asuntos concursales, excepto en causas criminales. El juez competente es el de lo mercantil de la provincia del deudor o de su establecimiento principal.
Administración Concursal
La administración concursal está compuesta por tres miembros: un abogado con más de cinco años de experiencia, un economista auditor o titulado mercantil con la misma antigüedad, y un acreedor. Son nombrados por el juez de una lista anual.
Prohibiciones e Incompatibilidades
No pueden ser administradores concursales quienes tengan prohibido ser administradores sociales, hayan prestado servicios al deudor, hayan sido destituidos como administradores concursales o estén inhabilitados por sentencia firme. Tampoco pueden serlo quienes tengan relación directa o parentesco con el deudor, acreedores socios o administradores de una sociedad competidora, o quienes hayan sido administradores concursales en los dos últimos años.
Retribución y Funcionamiento
El cargo de administrador concursal es retribuido según la masa activa y pasiva del concurso y su complejidad. Funcionan de forma colegiada (si son tres) o mancomunada (si son dos), con decisión final del juez en caso de discrepancia. Presentan informes periódicos al juez, trimestrales en fase de liquidación, y pueden solicitar auxiliares.
Junta de Acreedores
La Junta de Acreedores se convoca solo si hay propuestas de convenio. El juez llama a los acreedores a través del BOE y un diario local. Se constituye con acreedores que representan más de la mitad del pasivo. Asisten el juez, los administradores concursales y el deudor con su abogado.
Ministerio Fiscal
El Ministerio Fiscal interviene en concursos de alarma social, con indicios de criminalidad o que atenten a los derechos fundamentales del deudor.
Efectos del Concurso en el Deudor
Los efectos varían según sea voluntario o necesario. En el voluntario, el deudor gestiona sus bienes con intervención de los administradores. En el necesario, la administración concursal gestiona el patrimonio, aunque el juez puede permitir que el deudor participe.
Definición de Marca
Una marca es un título que concede el derecho exclusivo al uso de un signo distintivo para identificar productos o servicios, siendo un indicador de calidad y medio de promoción. Validez de 10 años, renovable indefinidamente.
Tipos de Marcas
- Marca Individual: La marca propiamente dicha.
- Marca Colectiva: Distingue productos o servicios de miembros de una asociación.
- Marca de Garantía: Certifica que los productos cumplen requisitos específicos.
Clases de Marcas
Existen marcas denominativas, gráficas, mixtas, tridimensionales y sonoras.