Real Cédula de Carlos V (1555): Integración de Leyes y Costumbres Indígenas en el Derecho Indiano

Contexto Histórico del Derecho Indiano

La expresión «Derecho Indiano» se refiere, en un sentido amplio, al Derecho aplicado en las Indias y en las islas de Oceanía colonizadas por España. En un sentido más estricto, alude al conjunto de leyes, normas y disposiciones dictadas por los reyes y, en su nombre, por las autoridades y órganos de gobierno subordinados. Este sistema jurídico especial rigió en el Nuevo Mundo.

Inicialmente, el Derecho Indiano fue una extensión del Derecho de Castilla, dado que la Corona de Castilla impulsó y financió el descubrimiento. Sin embargo, pronto se hizo evidente que los problemas del Nuevo Mundo eran distintos a los europeos, y la legislación castellana no era suficiente. Esto llevó a las autoridades a crear, caso por caso, nuevas normas específicas para solucionar los problemas concretos, dando origen al Derecho Indiano.

Las Leyes de Burgos y las Leyes Nuevas

La Junta de Burgos de 1512 marcó el inicio de la lucha por un Derecho más justo. En ella, con la participación de figuras como Montesinos y el jurista Juan López de Palacios Rubios, se debatieron los principios que debían regir las relaciones con los indios. Estos principios se concretaron en las «Leyes de Burgos», promulgadas el 27 de diciembre de 1512. Aunque no abolieron las encomiendas, consideraron al indio como un ser libre y racional, y reglamentaron su trabajo. Leyes posteriores reforzaron estas medidas protectoras.

Debido al incumplimiento de la normativa, se revisaron las leyes, resultando en las «Leyes Nuevas», promulgadas en Barcelona el 20 de noviembre de 1542, y complementadas en Valladolid un año después.

El Derecho Indiano Criollo

Dada la complejidad de regular los problemas de las Indias desde España, se otorgó un amplio poder a los virreyes y autoridades en Indias. Esto acercó la fuente de producción de las normas a su lugar de aplicación, dando lugar al Derecho Indiano Criollo, creado en Indias por autoridades españolas residentes.

Jerarquía y Aplicación del Derecho

Al igual que en Castilla, el Derecho vigente en las Indias se caracterizaba por su legalismo teórico. Se mantenía el mismo esquema jerárquico: primero se aplicaban las leyes del Derecho Indiano, específicas para el Nuevo Mundo. En su defecto, se aplicaba el Derecho de Castilla, siguiendo el orden de prelación castellano.

La Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias

La gran cantidad de normas del Derecho Indiano llevó a varios intentos de recopilación. El proyecto más importante fue el de Antonio de León Pinelo y Fernando Jiménez de Paniagua, titulado «Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias». Fue promulgado por Carlos II el 18 de mayo de 1680, con el objetivo de regular las posesiones en América y Filipinas. Esta obra marcó la plenitud y madurez del Derecho Indiano.

No todas las leyes dictadas para el Nuevo Mundo se aplicaron. Algunas veces, intereses ilegítimos impedían su cumplimiento; otras, las autoridades no las conocían o decidían no aplicarlas si consideraban que se basaban en información falsa (obrepción) o incompleta (subrepción). En estos casos, se recurría a la fórmula de «obedecerlas pero no cumplirlas».

La Recopilación está dividida en cuatro tomos y nueve libros, con 6.385 leyes agrupadas en 218 títulos. Cada ley indica el año, rey y lugar de expedición.

Costumbres y la Real Cédula de 1555

Las lagunas en las leyes de Indias facilitaron el desarrollo de costumbres locales. En 1555, Carlos I reconoció su vigencia, siempre que no contradijeran el Derecho natural, el orden cristiano o el Derecho de Indias.

Una Real Cédula era una orden expedida por el rey de España entre los siglos XV y XIX. Resolvía conflictos jurídicos, establecía pautas legales, creaba instituciones, nombraba cargos, otorgaba derechos u ordenaba acciones concretas.

Existían dos tipos principales: las reales cédulas de oficio, derivadas de la función administrativa, y las otorgadas a petición de parte.

La Real Cédula, aunque norma jurídica, tenía menor valor que una ley. Estaba dirigida a las autoridades para su aplicación en Verapaz.

Real Cédula de Carlos V a los Caciques de Verapaz (6 de agosto de 1555)

Esta cédula, del primer tipo, es dirigida por Carlos V a los caciques indios de Verapaz. En ella, Carlos V establece y aprueba la integración de las leyes y costumbres indígenas, tanto las antiguas castellanas como las nuevas, permitiendo a los castellanos añadir leyes al ordenamiento de Castilla sin perjudicar las costumbres y estatutos indígenas.

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