Transgresión de las Obligaciones Impuestas como Condición de un Beneficio
Sujeto | Hecho | Sanción |
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Importador o exportador | Exenciones a una prohibición, exenciones total o parcial de tributos, un estímulo a la exportación | Comiso de la mercadería o todo lo que tuviera título en su poder si no cumplen con las obligaciones para el otorgamiento del beneficio |
Importador o exportador | Incumplimiento de las obligaciones que no afecta la finalidad | Comiso de la mercadería y multa de 1 a 5 veces el valor en plaza de los tributos |
Exportador | No cumplen con la exportación en el plazo y forma | Multa de 1 a 10% del valor en aduana |
Transgresión a los Regímenes de Destinación Suspensiva (Temporaria, Tránsito, Dilecto)
Sujeto | Hecho | Sanción |
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Importador | Incumplimiento de las obligaciones para destinación temporaria | Multa de 1 a 5 veces el valor de los tributos y comiso si es prohibida |
Exportador | Incumplimiento que no afecta la finalidad | Multa de 1 a 10% del valor en aduana de la mercadería |
Todo el que tuviere título | Incumplimiento de las obligaciones para destinación temporaria | Multa de 1 a 5 veces el valor de los tributos y comiso si es prohibido |
Transportista | Retraso de 1 mes para que el medio de transporte arribe a la aduana de salida o de destino | Para tránsito de importación y removido es multa de 1 a 5 veces el valor de los tributos y comiso si es prohibida |
Transgresión a los Regímenes de Equipaje, Pacotilla y Franquicias Diplomática
Sujeto | Hecho | Sanción |
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Viajero de cualquier categoría o tripulante | Introduce mercadería no admitida en los regímenes | Multa de 1 a 3 veces el valor en aduana y si es prohibida el comiso |
Viajero de cualquier categoría o tripulante | Introduce mercadería admitida pero omite su declaración | Multa de la mitad a 2 veces el valor en aduana de la mercadería |
Viajero de cualquier categoría o tripulante | Extrae del territorio aduanero mercadería no admitida en los regímenes | Multa de 1 a 3 veces el valor en aduana y si es prohibida el comiso |
Viajero de cualquier categoría o tripulante | Transfiere la propiedad de la mercadería en trasgresión | Multa de 1 a 3 veces el valor en aduana y si es prohibida el comiso |
Transgresión de Régimen de Envíos Postales
Sujeto | Hecho | Sanción |
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Cualquier persona que se presente al servicio aduanero o al de correos | No lleva etiqueta verde u otro medio de identificación | Valor de la mercadería o comiso |
Cualquier persona que se presente al servicio aduanero o al de correos | No fuere admitido como envío postal | Comiso de la mercadería |
Tenencias Injustificada de Mercadería de Origen Extranjero
Sujeto | Hecho | Sanción |
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El que tuviera título en su poder | Mercadería sujeta al pago de impuestos y no tiene el perspectivo instrumento fiscal, la mercadería no presenta los medios de identificación, la mercadería está librada ilícitamente en plaza | Comiso y multa de 1 a 5 veces su valor en plaza |
Otras Transgresiones
Sujeto | Hecho | Sanción |
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Autor | Suministra informes inexactos o falsos al servicio aduanero, se niega a suministrar al servicio aduanero los informes o documentos requeridos, impide o entorpece la labor del servicio aduanero | Multa de $500 a $10.000 |
Autor | Transfiere los deberes impuestos en el código o reglamentación | Multa de $1000 a $10.000 |
Procedimiento
Plazos, Domicilio y Notificaciones
- Plazos perentorios, hábiles y corridos.
- Toda persona debe constituir domicilio en su primera presentación ante la aduana.
- Se establece domicilio en el radio urbano de la aduana.
- Plazo de 10 días para constituir domicilio.
- Formas de notificar: en forma personal, presentación espontánea, por cédula, por telegrama, por oficio, por otro medio postal, por el boletín oficial.
- La presentación no efectuada en horario hábil podrá efectuarse válidamente dentro de las 2 primeras horas hábiles siguientes.
- La notificación por cédula se realiza en el domicilio del interesado.
Impugnación, Infracción y Ejecución
- Conocimiento originario: Aduana de jurisdicción.
- En cuestión de complementación entre aduanas deciden: Dirección General de Aduana.
- Repetición, acto impugnado proveniente de la administración de aduana: Conocimiento originario – Aduana Nacional.
Procedimiento para la Infracción Aduanera
- Cuando el servicio aduanero toma conocimiento de una infracción aduanera debe practicar todas las diligencias necesarias para investigar los hechos.
- La denuncia debe reunir los siguientes requisitos: la relación circunstanciada de los hechos, el nombre, domicilio y demás datos de los presuntos responsables, la indicación que conduce a la comprobación de los hechos, nombre y domicilio del denunciante.
- La mercadería solo podrá ser objeto o realizarse: la destinación de su despacho, interdicción, secuestro.
- El administrador debe ordenar ampliar la investigación si es necesario de estimar la denuncia cuando no fuera verosímil y ordenar la apertura del sumario.
- Solo se consideran parte del sumario las personas cuyo nombre esté en la mercadería y los supuestos responsables de la infracción.
- Una vez abierto el sumario el administrador dispondrá: las medidas cautelares de los hechos, verificación de la mercadería, clasificación y valoración, la recepción de los presuntos responsables, liquidación de tributos.