Relación entre Estado, Derecho y Sociedad: Elementos y Funciones Clave

Relación entre el Estado y el Derecho

No se puede afirmar que el Derecho y el Estado sean imprescindibles uno al otro; no se puede concebir al Estado sin un ordenamiento que lo regule y fundamente, ni el Derecho sin un ente que lo aplique.

Estado

Es una forma de organización moderna, dentro de la cual vivimos los seres humanos. Constituye un poder permanente y organizado para la creación del orden jurídico, político, económico y social.

Estado en Sentido Material

Es la colectividad de personas que constituyen una unidad jurídica dentro de un territorio determinado, organizada al amparo de un orden jurídico.

Estado en Sentido Formal

Es la organización jurídica de la sociedad, que se expresa como un conjunto coherente de instituciones dentro de un ordenamiento político y administrativo, y con un sistema jerárquico de normas jurídicas y de órganos.

Elementos Esenciales del Estado

  • Territorio
  • Población
  • Organización política
  • Soberanía

Funciones del Estado

Función Normativa (Creadora)

El Poder Legislativo es el encargado de la elaboración de las leyes que rigen al Estado. Sus miembros son elegidos a través de las elecciones generales por los ciudadanos que tienen derecho a votar.

Función Ejecutiva del Derecho

El Poder Ejecutivo es el encargado de administrar el Estado y a este corresponde la función ejecutora de las normas jurídicas.

Régimen de Gobierno

El régimen de gobierno del país puede ser presidencialista o parlamentario, y se compone de organismos o personas.

Régimen Presidencialista

Es cuando el Poder Ejecutivo se encuentra en las manos del presidente de la República.

Régimen Parlamentario

Es cuando el Poder Ejecutivo es ejercido por un monarca o presidente de la República que cumple con la función de jefe de Estado y por un primer ministro que preside el gobierno.

Función de Administrar Justicia (Protectora)

En una democracia, el Poder Judicial, tal como ocurre con los poderes Legislativo y Ejecutivo, está dotado de autonomía e independencia.

Importancia y Trascendencia del Derecho

El Derecho es necesario en una sociedad que pretende alcanzar un orden justo, una vida segura y pacífica para sus habitantes. Sin el Derecho la convivencia social, podría decirse, sería imposible.

Etapas del Moderno Proceso Legislativo según la Doctrina Jurídica

  1. Iniciativa: Es el acto por el cual un proyecto de ley es presentado a consideración del organismo legislativo.
  2. Discusión: Es el acto por el cual el organismo legislativo delibera acerca de los proyectos presentados, discutiendo si son aprobados o no.
  3. Aprobación: Tras discutir el proyecto de ley, el organismo legislativo lo somete a votación. Para aprobarlo se debe contar con el voto favorable de la mitad más uno de los miembros del Congreso.
  4. Sanción: Es la aceptación por parte del Ejecutivo de un proyecto de ley ya debidamente aprobado por el organismo legislativo.
  5. Promulgación: Significa que el Ejecutivo ordena que la ley sea promulgada y publicada después que fue aprobada.
  6. Publicación: Es el acto por el cual una ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a la colectividad.

Trascendencia del Derecho

Leyes Constitucionales

Pueden ser:

  • Por su Origen: Por ser creadas por el cuerpo que ostenta el poder constituyente. Ejemplo: Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad.
  • Por su Autenticidad: Cuando la propia Constitución o la propia ley se denomina a sí misma ley constitucional.
  • Por su Atributo Orgánico: Cuando la ley tiene por objeto regular alguno de los órganos creados por la Constitución (no aplica en nuestro caso).

Moral y Derecho

Hacen referencia a una parte importante del comportamiento humano y se expresan en gran medida con los mismos términos (deber, obligación, culpa, responsabilidad).

El Derecho nos Acompaña desde Antes de Nuestro Nacimiento

  • Protege la vida desde la concepción.
  • Al nacer tenemos derecho a un nombre.
  • Al nacer tenemos derecho a nuestra personalidad civil.

El Derecho nos Acompaña durante Nuestra Existencia

  • Cuando adquirimos la mayoría de edad.
  • Al suscribir un contrato.
  • Cuando constituimos una sociedad.

El Derecho se Presenta después de Nuestra Muerte

  • El Derecho regula lo relativo a los efectos que produce la muerte, ya sea física o presunta de la persona.
  • La forma en que los derechos y las obligaciones del causante subsisten y perduran al transmitirse a sus herederos.

En el Mundo de lo Normativo

Se pueden nombrar: la norma, regla, ley y ley natural.

Norma

Suele usarse en dos sentidos, uno amplio y otro estricto.

Norma de Sentido Amplio (lato sensu)

Se aplica a toda regla de comportamiento, obligatoria o no.

Norma de Sentido Estricto (stricto sensu)

Corresponde a la que impone deberes y confiere derechos. Norma de carácter obligatorio.

Reglas

A las reglas de conducta que son obligatorias o que conceden facultades se les llama normas, mientras que a las reglas cuyo cumplimiento es potestativo se les conoce como reglas técnicas.

Reglas Técnicas

Constituyen juicios enunciativos, ya que nos señalan los pasos a seguir para llegar a obtener determinados resultados.

Ley

Es una regla jurídica porque es creada por autoridad competente, y es obligatoria por la misma circunstancia.

Puede ser definida como: norma jurídica obligatoria y general, dictada por legítimo poder para regular la conducta de los hombres o para establecer los órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Leyes Naturales

Son juicios enunciativos cuyo fin estriba en mostrar las relaciones indefectibles que en la naturaleza existen.

El Universo está Regulado por Leyes que lo Gobiernan con Armonía

  • Naturales: Son juicios enunciativos cuya finalidad radica en señalar las relaciones invariables que existen en la naturaleza.
  • Necesarias: Se refieren siempre al carácter de ciertos hechos, a la comprobación empírica de una regularidad efectuada generalmente por inducción.

Juicios Enunciativos

Son aquellas reglas que señalan un camino para conseguir determinados fines.

Clasificación de los Juicios Enunciativos

  • Contingentes: Quieren decir de oportunidad, o de momento.
  • Necesarios: Cuando siempre el resultado es el mismo y reviste el carácter de permanente.

Juicios Normativos

Son aquellos que plantean posibilidades, supuestos, hipótesis, que se refieren al comportamiento humano.

Clasificación de los Juicios Normativos

  • Válidos: Son válidos si para su creación se han seguido las formalidades señaladas o bien lo damos como tal cuando revisten determinado carácter y por naturaleza de los mismos.
  • Inválidos: Son inválidos si no se ha llenado la formalidad necesaria para su creación o bien porque han sido objeto de abrogación, derogación o simplemente porque eran de vigencia temporal y se ha cumplido el tiempo para el cual fueron dictados.

Normas Sociales

Son todas aquellas reglas con las que se ha dirigido la conducta de los hombres como miembros de la sociedad, o que existen con ese propósito.

Clasificación de las Normas Sociales

  • Normas Jurídicas
  • Normas Morales
  • Normas Convencionales
  • Normas Religiosas

Características de las Normas Sociales

  • Exterioridad-Interioridad
  • Heteronomía-Autonomía
  • Bilateralidad-Unilateralidad
  • Coercibilidad-Incoercibilidad

Exterioridad

Busca regular los actos externos de los seres humanos en su relación con la sociedad.

Interioridad

Se refiere a que los actos se realizarán por el deber mismo, por convicción, ocupándose de la vida interior de la persona y de sus actos externos solo para descubrir su bondad o maldad.

Heteronomía

Se refiere a que las normas son creadas por una instancia o un sujeto distinto del destinatario de la norma y que le está impuesta aun en contra de su voluntad.

Autonomía

La norma es creada por el propio sujeto. Derivado de ello, este puede derogarla, ya que él es el mismo legislador.

Bilateralidad

Se dice que una norma es bilateral cuando esta, a la vez que impone deberes, concede facultades. Frente a un sujeto obligado siempre habrá un sujeto facultado para exigirle el cumplimiento de la norma.

Unilateralidad

Es unilateral la norma si impone deberes, pero no faculta a ningún ente o sujeto para poder exigir el cumplimiento del deber.

Coercibilidad

Una norma es coercible cuando esta posee mecanismos que posibilitan imponer su cumplimiento, incluso mediante el uso de la fuerza.

Incoercibilidad

Cuando una norma no es obligatoria o de cumplimiento forzoso.

Normas Morales

Son todas aquellas reglas que dirigen la conducta humana hacia la realización de actos que se identifiquen con los intereses sociales, considerando tales intereses como la expresión de lo bueno.

Normas Religiosas

Son aquellas inspiradas por la idea suprema de Dios, y tienen como principal objeto, ayudar al hombre a lograr un fin último en la vida que no es terrenal.

Convencionalismos Sociales o Normas de Trato Social

Son aquellas que imponen a los hombres una determinada conducta en la vida social fundada en principios de buena educación, decoro, protocolo, o cortesía.

Normas Convencionales

Son aquellas las cuales por convencionalismo social se aplican por razones de uso y costumbres y cuyas características son:

  • Unilateralidad
  • Exterioridad
  • Incoercibilidad
  • Heteronomía

Normas Jurídicas

Son las que, formando un sistema coactivo, organizan la conducta social, mediante el establecimiento de derechos y deberes.

Características de las Normas Jurídicas

Las normas jurídicas son reglas de conducta: bilaterales, impero-atributivas, exteriores, coercibles y heterónomas.

Elementos de las Normas Jurídicas

El Derecho nos indica que las normas jurídicas se integran por 3 elementos:

  • Los hechos constitutivos de la conducta social (elemento histórico-real)
  • Las normas reguladoras de esa conducta (elemento lógico-formal)
  • Los valores que se pretenden obtener de dicha regulación (elemento teológico)

Estructura de la Norma Jurídica

Toda norma jurídica en su estructura, se compone de dos partes esenciales: el supuesto jurídico o hipótesis normativa y la consecuencia jurídica o de Derecho.

Estructura Formal

Cuenta con el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica.

Estructura Lógica

La lógica como ciencia busca la verdad dentro de su objeto particular dictando normas generales.

Supuesto Jurídico

Es la hipótesis de cuya realización dependen las consecuencias establecidas por la norma. Conjunto de condiciones de cuya realización depende la validez normativa de las consecuencias jurídicas.

Clasificación de los Supuestos Jurídicos

  • Simples
  • Complejos
  • Independientes
  • Dependientes
  • Sucesivos
  • Simultáneos

Simples

Si la norma jurídica posee un solo supuesto.

Complejos

Si una sola norma contiene dos o más supuestos.

Independientes

Si la realización del supuesto produce de inmediato consecuencias jurídicas, su realización no depende de la realización de otro supuesto.

Dependientes

Cuando los supuestos están sujetos a condiciones especiales, para producir consecuencias jurídicas, es decir que necesitan que ocurran otros supuestos.

Sucesivos

Cuando los supuestos previstos en la norma se presentan uno después de otro.

Simultáneos

Cuando los datos previstos por la norma deben concurrir en el mismo momento para que se produzca la consecuencia prevista.

Hechos Jurídicos y Actos Jurídicos

Hechos Jurídicos

Son aquellas situaciones que se provocan por la acción de la naturaleza fuera del dominio de las personas o bien de la propia actividad de las personas que realizan la hipótesis o supuestos.

Clases de Hechos Jurídicos

  • Hechos de la Naturaleza: Son fenómenos que se producen fuera de la voluntad de las personas y que eventualmente pueden producir consecuencias jurídicas, según si se realiza algún supuesto jurídico.
  • Hechos de las Personas: Son hechos en los cuales intervienen las personas, pueden ser de carácter voluntario e involuntario.

Actos Jurídicos

Es una manifestación de la voluntad de las personas, que se encuentra contemplado en la norma en forma de supuesto jurídico, que se hace con la intención de producir consecuencias jurídicas.

Consecuencia Jurídica

Son aquellas situaciones concretas que sobrevienen por virtud de la realización de los distintos supuestos previstos en las normas jurídicas.

Deber Jurídico

Es la restricción de la libertad exterior de una persona, derivada de la facultad, concedida a otra u otras.

Derecho Subjetivo

Es la facultad derivada de una norma jurídica para interferir en la persona, en la conducta o en el patrimonio de otro sujeto, o para impedir una interferencia ilícita.

Interpretación de la Ley

Principales Escuelas sobre la Interpretación del Derecho

Escuela Exegética o Tradicional

Se fundamenta en que la interpretación debe de reducirse a la búsqueda del pensamiento del creador de la norma jurídica e indagar sobre la intención de las personas que las formulan.

Escuela de Derecho Libre

Se fundamenta en que al juzgador no se le debe de condicionar al momento de aplicar el Derecho a casos concretos.

Escuela Lógica de lo Razonable o de la Equidad

Parte del criterio de estimar los hechos de manera lógica y proceder de manera razonable.

Interpretación de la Ley

Interpretar es determinar el sentido y alcance de las normas jurídicas; es averiguar lo que tiene valor normativo, se trata de saber cómo aplicando una norma general a un hecho concreto.

Métodos de Interpretación

Son los medios de que dispone el intérprete para establecer el o los posibles sentidos y alcances de la ley interpretada.

Clasificación de los Métodos de Interpretación

  • Gramatical: Es aquel que permite establecer el o los sentidos y alcances de la ley.
  • Histórico: Permite interpretar el Derecho legislado aludiendo para ello a la historia del texto legal que se trata de interpretar.
  • Lógico: Es aquel que para establecer el o los sentidos o alcances de una ley se vale del análisis intelectual de las conexiones que las normas de una misma ley guardan entre sí.
  • Sistemático: Permite interpretar la ley atendiendo a las conexiones de la misma con la totalidad del ordenamiento jurídico.
  • Teleológico: Es aquel que permite establecer el sentido o alcance de un precepto legal atendiendo al fin de esta.

Interpretación de la Ley en la Legislación

No solo se interpretan las normas oscuras o ambiguas, sino también las claras. No presume forzosamente una dificultad en la integración de la ley. Es evidente que no es posible aplicar la norma sin su previa interpretación.

Teorías sobre la Interpretación de la Ley

Teoría Subjetiva (El sentido de la ley como voluntad del legislador)

Busca la intención del legislador, es decir, el sentido de la ley debe ser el que el legislador quiso darle, debiéndose entonces investigar lo que el creador del precepto persiguió con el mismo.

Teoría Objetiva (El sentido de la ley independiente de la voluntad del legislador)

Denominada “lógica-sistemática”, ya no indaga el sentido de la ley en la voluntad del legislador, sino el sentido lógico-objetivo de la misma.

Técnicas de Interpretación conforme al Autor

Legislativa

También llamada auténtica, es aquella que realiza el mismo legislador al crear la ley declarando por medio de la misma el sentido que debe dársele a la norma.

Jurisdiccional

También llamada judicial, es la realizada por el organismo jurisdiccional cuando emite su resolución al caso concreto, resolución que generalmente es la sentencia.

Doctrinaria

También llamada científica, es la realizada por los juristas, abogados, ya sea eminentemente doctrinarios como estudio del ordenamiento jurídico para su mejor comprensión y alcance con el fin de ser aplicada en la conciencia del juzgador.

Técnicas de la Interpretación conforme a la Ley

  • Gramatical
  • Auténtica o Subjetiva
  • Contextual o Sistemático
  • Medio Lógico
  • Medio Histórico
  • Equidad y Principios Generales del Derecho

Integración de la Ley

Proceso mediante el cual se complementan o suplen de alguna forma las lagunas que se presentan en la ley.

Lagunas de Ley

Deficiencia de la ley o una inexistencia de ley que sea exactamente aplicable al punto o tema controvertido.

Falta de Ley

El legislador regula con base a los hechos o a la realidad, el desarrollo y la evolución de las sociedades.

Ley en Blanco

Remiten a otra instancia la facultad de establecer las consecuencias jurídicas de determinadas hipótesis.

Insuficiencia de la Ley

Se presenta cuando existe una ley que prevé determinadas consecuencias para ciertas hipótesis.

Antinomias Jurídicas

Contradicción aparente o real entre dos leyes o entre dos pasajes de una misma ley.

Es una situación que se produce cuando dos o más normas presentan un contenido prescriptivo incompatible, perteneciendo a un mismo ordenamiento jurídico y afectando a un mismo ámbito de validez jurídica.

Clases de Normas Antinómicas

Desde el Punto de Vista de su Naturaleza

  • Antinomias Reales o Verdaderas: Son aquellas que no tienen solución.
  • Antinomias Aparentes o Falsas: En principio aparecen como tales, pero después dejan de serlo.

Desde el Punto de Vista Valorativo

  • De Principio de Valoración y Teleológica: Atañen a una incompatibilidad a nivel de los principios del ordenamiento jurídico.

Según la Amplitud o Extensión de la Zona de Incompatibilidad

  • Total-total
  • Total-parcial
  • Parcial-parcial

Criterios de Solución de Normas Antinómicas

  • Criterio Cronológico: La norma posterior deroga a la anterior.
  • Criterio Jerárquico: La norma superior prevalece sobre la anterior.
  • Criterio de la Especialidad: La norma especial prevalece sobre la norma general.

Conflictos entre Criterios

  • Conflicto entre el Criterio Jerárquico y Cronológico
  • Conflicto entre el Criterio Cronológico y el de Especialidad
  • Conflicto entre el Criterio Jerárquico y el de Especialidad

Fuentes del Derecho

Sistema de normas que al inquirir la fuente de una regla jurídica tiene como objeto buscar el punto por el cual ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del Derecho.

Fuentes Reales

Son los factores y elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas como:

  • Económicos
  • Culturales
  • Éticos
  • Religiosos

Fuentes Históricas

Son los documentos que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes que ya no se encuentran vigentes (inscripciones, papiros, libros).

Derecho Comparado

Disciplina que consiste en el estudio comparativo de instituciones o sistemas jurídicos de diversos lugares con el fin de determinar las notas comunes y las diferencias que entre ellos existen.

Fuentes Formales

Son los procesos de creación de las normas jurídicas y las normas jurídicas mismas.

Legislación

Conjunto de leyes que existen en un Estado y que regulan los comportamientos de los individuos pertenecientes al territorio de un país.

Elementos de la Ley

  • Formal: Se refiere a las etapas o “formas preestablecidas” que para su creación deberán cumplirse de acuerdo con el ordenamiento jurídico correspondiente.
  • Material: Es la que determina su contenido, su naturaleza jurídica y sus caracteres de generalidad, permanencia y de abstracción.

Proceso Legislativo

Es el conjunto de actos encaminados a la creación de la ley. Comprende un conjunto de fases o etapas que deben ser agotadas para que una ley se tome como vigente. Estas son:

  1. Iniciativa
  2. Discusión
  3. Promulgación
  4. Presentación
  5. Aprobación
  6. Publicación
  7. Admisión
  8. Sanción
  9. Vigencia

La Costumbre como Fuente del Derecho

Es el uso implantado en una colectividad y considerado como jurídicamente obligatorio. Es el Derecho nacido consuetudinariamente.

  • Resulta difícil aprobarla.
  • No se encuentra sistematizada.
  • Posiblemente a quien le toque aplicarla no sea del lugar y desconozca la dimensión de la misma.
  • Las costumbres a las cuales remite el Derecho regularmente son impuestas por la clase dominante.

La Jurisprudencia como Fuente del Derecho

Es producto del proceso jurisprudencial. Es un criterio judicial emitido por el tribunal de casación. Tiene como finalidad la interpretación del sistema jurídico y propiamente de las leyes.

La Doctrina como Fuente del Derecho

Es la ciencia del Derecho elaborada por los jurisconsultos. Cumple finalidades científicas, prácticas y críticas.

La Norma Jurídica como Juicio Hipotético

La estructura lógica de la norma jurídica es la de un juicio hipotético.

Concepto y Acepciones de la Palabra Derecho

Concepto de Derecho

Tiene como finalidad encauzar la conducta humana para hacer posible la vida gregaria. Es el conjunto de normas jurídicas impero-atributivas que rigen la conducta externa de los hombres en la sociedad.

Etimología de la Palabra Derecho

La palabra Derecho deriva del vocablo latino directum que significa “lo que está conforme a la regla, ley o norma”.

IUS

Es el equivalente latino de nuestro vocablo Derecho. Significa conjunto de normas que constituyen un ordenamiento jurídico.

Sentidos que se le puede dar a la Palabra Derecho

  1. Derecho como Ciencia: Estudia al Derecho (subjetivo y objetivo).
  2. Derecho como Ideal de Justicia: No hay Derecho a que se cometan abusos.
  3. Derecho como Sistema de Normas: Derecho mexicano, Derecho italiano.
  4. Derecho como Facultad: Derecho del propietario de usar su propiedad. Recibe el nombre de Derecho subjetivo.
  5. Derecho como Sistema de Normas: Recibe el nombre de objetivo porque es considerado en sí mismo como objeto de estudio.

La Palabra Derecho se Utiliza También en Vocablos como

  • Texto legal: “Derecho de partidos”.
  • De institución jurídica: “Derecho individual de usufructo”.
  • Parte de alguna ley: “Derecho de familia”, “Derecho de obligaciones”.
  • Rama de la legislación: “Derecho civil”, “Derecho penal”.
  • Reglas jurídicas establecidas por la costumbre: “Derecho consuetudinario”.

Teoría Tridimensional del Derecho

Son 3 los caminos que debemos seguir para llegar a una definición integral del Derecho: la sociabilidad, la exigencia, el deber.

Autor de la Teoría Tridimensional del Derecho

El jurista brasileño Miguel Reale.

Miguel Reale Estableció que la Columna Vertebral del Derecho tiene 3 Soportes Fundamentales

  • El Derecho como hecho social.
  • El Derecho como norma.
  • El Derecho como valor.

El Derecho como Hecho Social

La sociabilidad no es un hábito creado por la vida en el hombre sino un ingrediente en su esencia.

El Derecho como Norma

El mantenimiento de la convivencia social exige que se regule normativamente en forma ordenada, segura y pacífica. De lo contrario, la convivencia sería perjudicial.

El Derecho como Valor

Establece que el Derecho como valor debe proyectarse a la justicia y sostiene que se debe impregnar al sistema jurídico otros valores como la libertad, la paz, la democracia y la tolerancia.

Derecho Natural

También se le conoce con el nombre de iusnaturalismo. Es una corriente de la filosofía del Derecho que afirma que al menos una parte de las normas convencionales del Derecho y la moral están asentadas en principios universales e inmutables.

Derecho Objetivo

Consiste en un ordenamiento social justo, pero en cuanto justo ha de reconocer a las personas humanas la posibilidad de obrar en vista de sus propios fines.

Derecho Público

Se compone del conjunto de normas que regulan el ejercicio de la autoridad estatal determinada.

Derecho Constitucional

Es una rama del Derecho público cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado.

Derecho Administrativo

Es aquella rama del Derecho público que regula la actividad del Estado, la función administrativa y la relación entre los particulares y el aparato público.

Derecho Procesal

Es el conjunto de actos mediante los cuales se constituye, se desarrolla y determina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas intervinientes.

Derecho Penal

Es la rama del Derecho público que regula la potestad punitiva del Estado, asociado a hechos estrictamente determinados por la ley como presupuesto una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia.

Derecho Agrario

Es la rama de los derechos sociales que constituye el orden jurídico que regula los problemas de la tenencia de la tierra, así como sus diversas formas de propiedad y la actividad agraria que se realiza sobre ella.

Derecho del Trabajo

Es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre.

Derecho Internacional

Es la rama del Derecho público exterior que estudia y regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales.

Derecho Privado

Es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones jurídicas entre particulares.

Derecho Civil

Es el conjunto de normas jurídicas y principios del Derecho que regulan las relaciones personales o patrimoniales, voluntarias o forzosas entre personas privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas de carácter privado o público.

Derecho Mercantil

Llamado también Derecho comercial, es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión.

Derecho Subjetivo

Es una condición humana aportada por el Derecho en el que se les otorga a las personas a decidir a objetar en cuestión de sus necesidades.

Clasificación del Derecho Subjetivo

  • Derechos Subjetivos Públicos: Son aquellos que posee una persona en referencia con los poderes públicos existentes tales como: derechos políticos.
  • Derechos Subjetivos Privados: Son los que cada persona posee en alusión a la libertad de acto o expresión de acuerdo a los derechos de personalidad. Entre ellos están: los patrimoniales.

Ejemplos de Derechos de cada Persona

  • El derecho a la vida.
  • El derecho a la libre expresión.
  • Derecho a vender algo de lo que no es dueño.

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