Estado de Derecho
- Legislativo: Cortes Generales (Congreso de los Diputados y Senado)
- Ejecutivo: Gobierno
- Judicial: Juzgados y Magistrados
Las Fuentes del Derecho
Hacen referencia a quién crea el derecho, el origen de las normas y cómo se manifiestan. El Derecho es un conjunto de normas y principios, escritos o no, que regulan la convivencia de los seres humanos y cuyo cumplimiento puede ser forzoso.
La Ley
Es la norma dictada por la autoridad competente, con las debidas formalidades, de carácter común, justa, estable y suficientemente promulgada.
La Costumbre
Es la norma de conducta nacida de la reiterada y constante práctica social, y considerada como obligatoria por la comunidad. Solo regirá a falta de ley aplicable.
Los Principios Generales del Derecho
Son ideas y fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base e inspiración de la elaboración de leyes. Se aplicarán a falta de ley y de costumbre.
Tratados Internacionales
Son acuerdos regidos por el derecho internacional, celebrados por España y otros estados. Se pueden denominar convenios, acuerdos, etc., y son publicados en el BOE.
La Jurisprudencia
Es la doctrina que, de modo reiterado, manifiesta el Tribunal Supremo en sus sentencias. Para que exista, no basta con una sentencia; se necesitan varias resoluciones idénticas.
Jerarquía de las Normas
- Constitución
- Tratados Internacionales
- Leyes de las Cortes (Leyes Orgánicas y Ordinarias)
- Normas con fuerza de ley
- Reglamentos
Constitución Española de 1978
Es la norma suprema. Contiene el conjunto de reglas relativas a la organización y las instituciones del Estado, e incluye los principios de organización política y cómo guiar la actuación de los poderes públicos.
Estructura de la Constitución
Tiene 10 títulos:
- De los derechos y deberes fundamentales
- De la Corona
- De las Cortes Generales
- Del Gobierno y de la Administración
- De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
- Del Poder Judicial
- Economía y Hacienda
- De la Organización Territorial del Estado
- Del Tribunal Constitucional
- De la Reforma Constitucional
Leyes Orgánicas
Regulan:
- Las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas
- Las que aprueben los Estatutos de Autonomía
- Las que aprueben el régimen electoral general
- Las demás previstas en la Constitución
Se aprueban por mayoría absoluta.
Leyes Ordinarias
Son todas las leyes aprobadas por las Cortes que no son orgánicas. Para aprobarlas se requiere mayoría simple.
Reales Decretos-Leyes
En caso extraordinario y urgente, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas que no afectarán a las leyes orgánicas. El Congreso de los Diputados, en 30 días, debe aprobarlas o no.
Decretos Legislativos
Son las normas jurídicas dictadas por el poder ejecutivo con rango de ley y tienen que ser autorizadas por las Cortes.
Reglamentos
Son normas jurídicas de rango inferior a la ley, dictadas por el poder público. La potestad reglamentaria corresponde al Gobierno y a todos sus miembros.
La Publicidad de las Normas
Según el Código Civil, las leyes entran en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.
La Corona
La Constitución establece que la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. El Rey es el Jefe del Estado; reina, pero no gobierna, puesto que carece de poder ejecutivo.
Poder Legislativo
Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ejercen la potestad legislativa y son inamovibles. Los diputados y senadores son elegidos por 4 años por sufragio universal.
Poder Ejecutivo
Es ejercido por el Gobierno, que está compuesto por el Presidente, Vicepresidentes y Ministros. Es el órgano que dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar, y ejerce la función ejecutiva de acuerdo con la Constitución y las leyes.
Poder Judicial
Está compuesto por jueces y magistrados. Es independiente, inamovible, responsable y sometido solo a la ley. El Estado, mediante el principio de independencia, no está sometido a órdenes ni mandatos de ningún género, sin que tengan libertad de juzgar al margen de la ley. Los tribunales están ordenados jerárquicamente.
Consejo General del Poder Judicial
Se encarga del nombramiento, ascensos, etc., de los jueces y magistrados, y de las inspecciones.
Tribunal Constitucional
Es el órgano del Estado encargado de interpretar y velar por el cumplimiento de la Constitución y de ejercer la justicia constitucional. Está al margen de la Administración de Justicia y se extiende por todo el territorio nacional.
Jerarquía de los Tribunales Españoles
- Juzgados de Paz
- Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
- Audiencia Provincial
- Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas
- Audiencia Nacional
- Tribunal Supremo
Administración Pública Española
Es el elemento no político del poder ejecutivo. Está constituido por:
- Administración General del Estado (central, periférica, exterior y organismos públicos)
- Administración Autonómica
- Administración Local
Administración General del Estado
Extiende sus competencias a todo el territorio español bajo la dirección del Gobierno. La forman diferentes órganos:
- Órganos Centrales: Su competencia se extiende por todo el territorio español (Gobierno).
- Órganos Periféricos: Competencia en una parte del territorio (Delegados y Subdelegados del Gobierno, Directores Insulares).
- Órganos en el Exterior: Embajadas, misiones diplomáticas, representantes permanentes.
- Organismos Públicos: Organismos autónomos, entidades públicas empresariales.
- Órganos Consultivos: Consejo de Estado y Consejo Económico y Social.
- Órganos de Control Económico: Tribunal de Cuentas, Intervención General de la Administración del Estado.
La Administración Central del Estado
Su competencia se extiende a todo el territorio nacional. Los órganos superiores de la Administración General del Estado son el Consejo de Ministros, las Comisiones Delegadas del Gobierno, el Presidente y los Ministros.
El Consejo de Ministros
A la reunión del Gobierno en pleno se le llama reunión del Consejo de Ministros, bajo la dirección del Presidente.
Comisiones Delegadas del Gobierno
Son creadas por el Gobierno y tienen funciones coordinadoras de la acción de los asuntos comunes a varios ministerios.
La Administración Periférica del Estado
Son ejercidas por:
- Delegados del Gobierno: Su principal función es proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, bajo la dependencia del Ministerio del Interior.
- Subdelegados del Gobierno: Su competencia es dirigir los servicios de la Administración General del Estado, los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado de la provincia.
- Directores Insulares: Ejercen en su ámbito territorial las mismas funciones que los Subdelegados en las provincias.
Administración General del Estado en el Exterior
Integrada por: Representaciones permanentes, oficinas consulares, instituciones y organismos públicos, etc.
Los Organismos Públicos
Agrupan una gran variedad de entidades creadas para agilizar, ejecutar o prestar servicios con más eficacia. Estos dependen de un ministerio.
Administración Consultiva
Su misión es asesorar y emitir dictámenes (Consejo de Estado, Consejo Económico y Social).
Control Financiero de la Administración
Se pretende determinar si la actividad financiera realizada por la Administración responde a los principios y normas que la regulan.
- Control Financiero: Intervención General de la Administración del Estado (depende del Poder Ejecutivo). Control interior y previo al gasto (gastos públicos).
- Tribunal de Cuentas: (depende del Poder Legislativo). Control externo y posterior al gasto.