Sujetos del Derecho Internacional
Entes con capacidad de ser titulares de derechos y obligaciones, reconocidos en el ordenamiento internacional.
Organizaciones Internacionales
Las organizaciones internacionales son sujetos de base funcional. Su personalidad jurídica se define por sus funciones, a diferencia de los Estados, que son sujetos de base territorial (territorio, población y gobierno). Funcionan como una administración pública mundial. Aunque logran resolver algunos problemas, no suelen empeorar las situaciones.
Características de las Organizaciones Internacionales
- Valores
- Objetivos
- Competencias
- Poder: Derivado de sus competencias para cumplir sus funciones y alcanzar objetivos.
Son sujetos de derecho derivado, con una personalidad secundaria atribuida por los Estados que las crean. Están sujetas a las funciones y competencias que se les asignan. La personalidad originaria la tienen los Estados.
Si una organización internacional actúa fuera de sus funciones, se considera que actúa ultra vires, y sus actos carecen de validez jurídica. Cuando actúa dentro de sus facultades, se dice que actúa ad intra.
Se crean a través de un TRATADO CONSTITUTIVO, que define el régimen de la organización. Los Estados deben aceptar estos tratados en su totalidad, sin reservas ni modificaciones.
Las organizaciones internacionales pueden crear derechos y obligaciones para entidades fuera de su ámbito de aplicación.
Competencias de las Organizaciones
- Explícitas o Expresas: Mencionadas claramente en el Tratado Constitutivo.
- Implícitas: No mencionadas explícitamente, pero derivadas de las competencias explícitas.
- Potenciales o Subsidiarias: Se extienden mediante un nuevo acuerdo de los Estados miembros, más allá del Tratado Constitutivo.
Clasificación de las Organizaciones
Según el ámbito:
- Universales: Abiertas a la participación de todos los Estados (ONU, FAO, UNESCO).
- Regionales: Restringen la participación a Estados con condiciones preestablecidas (geográficas, económicas, políticas).
Según la materia o competencia:
- Fines Generales: ONU.
- Fines Específicos: FAO, UNESCO, OMS, Banco Mundial (organismos de la ONU con fines específicos).
Según la naturaleza del vínculo:
- De integración: Implican una cesión de competencias de los Estados miembros a órganos comunes (Unión Europea).
- De cooperación: Buscan la coordinación entre sus miembros para alcanzar objetivos colectivos, respetando la soberanía de los Estados.
Las organizaciones como la UNESCO y la FAO son órganos subsidiarios, creados a partir de órganos principales.
Otros Sujetos del Derecho Internacional
Los sujetos de derecho internacional pueden ser:
- Estado
- Organizaciones Internacionales
- Personas: Con creciente legitimación activa (demandar derechos) y pasiva (sujetos a responsabilidades).
- Comunidades
- Pueblos Coloniales
- Minorías Nacionales
- Asociaciones (Cruz Roja).
Jurisdicción Internacional
La jurisdicción internacional es subsidiaria, aplicándose cuando las acciones no son penadas en la jurisdicción del Estado responsable. Se rige por el Principio de Imprescriptibilidad, que indica que los crímenes graves no prescriben.