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Acción Penal y Civil en el Código Penal: Diferencias y Aplicaciones

Acción Penal y Civil

Definición de Acción

Acción: Derecho al proceso jurisdiccional que da lugar a una resolución sobre el fondo del asunto, cuando concurren los presupuestos procesales y los requisitos esenciales exigidos.

Presupuestos y Requisitos

Presupuestos y Requisitos: Denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad; que obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la posibilidad de que el indiciado lo cometió Seguir leyendo “Acción Penal y Civil en el Código Penal: Diferencias y Aplicaciones” »

El Derecho de Acción en el Proceso Judicial: Tipos y Presupuestos

PARTE IV: La Acción

El tema de la acción marcó el movimiento del Derecho Procesal como rama autónoma. El Derecho Procesal apareció al empezar a ver que los derechos que se ejercitan en el proceso son diferentes de los derechos subjetivos privados.

Del Derecho Subjetivo al Proceso

La primera cuestión que hay que plantearse es cómo se pasó del derecho subjetivo al proceso. La acción pretende explicar (aunque no lo logre) qué derecho y qué obligación tiene el juez para tutelar los derechos Seguir leyendo “El Derecho de Acción en el Proceso Judicial: Tipos y Presupuestos” »

Código de Procedimientos Penales: Análisis y Comentarios

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES

OBJETO Y FIN DEL PROCESO PENAL

ARTÍCULO 1°. OBJETO DEL PROCESO PENAL.

El objeto del proceso penal es:

  1. RESOLVER LA PRETENSIÓN PENAL.
  2. RESOLVER LA PRETENSIÓN DE RESARCIR.

ARTÍCULO 2°. FIN DEL PROCESO PENAL.

Obtener; con base en la prueba de las pretensiones de la acción; de las excepciones o defensas; y, el debido proceso; la declaración en sentencia de que existió o no existió el delito; y, en su caso, la condena con sus consecuencias legales.

ACCIÓN PENAL

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Derecho Procesal Penal

Tipo Penal – Lo establece la ley; es la descripción normativa.

Tipicidad – Es la adecuación del acto humano voluntario efectuado por el sujeto a la figura descrita por la ley como delito.

Delito Acción u Omisión – Que es sancionado por la ley penal.

Acción – Es un comportamiento y puede ser de acción u omisión.

Proceso Penal

Tiene su inicio y fundamento en el artículo 21 constitucional por medio de una denuncia o querella.

Denuncia/Querella – Determinar el ejercicio o no de la acción penal.

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