Acción Reivindicatoria
La acción reivindicatoria, establecida en el artículo 348 del Código Civil (párrafo 2º), permite al propietario no poseedor reclamar la cosa a quien la posee indebidamente. El artículo 348 establece que «el propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla». Se trata de una acción de condena de carácter restitutorio, que busca que el demandado restituya la cosa. Como acción real, derivada de un derecho real, es ejercitable Seguir leyendo “Acción Reivindicatoria, Propiedad Horizontal y Comunidad de Bienes en el Código Civil” »