Derecho de Familia
Patria Potestad
La titularidad de la patria potestad corresponde a ambos progenitores, estén o no casados. Su ejercicio es conjunto y requiere el consentimiento de ambos para los actos del menor. En algunos casos, el consentimiento de uno solo es insuficiente para actuar en interés del menor.
Ejercicio individual de la patria potestad:
- Consentimiento expreso del otro progenitor.
- Actos usuales según el uso social y las circunstancias.
- Necesidad urgente que no admite espera sin grave Seguir leyendo “Derecho de Familia: Patria Potestad, Tutela, Acogimiento y Adopción” »