Archivo de la etiqueta: Administracion publica

Organización de las Administraciones Públicas en Materia Laboral en España

1. Administraciones Territoriales

1.1. El Estado: Ministerio de Empleo y Seguridad Social

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social es el órgano encargado de las competencias estatales en materia social.

1. Organización Central:

  • Ministra de Empleo y Seguridad Social
  • Secretaría de Estado de la Seguridad Social
  • Secretaría de Estado de Empleo
  • Secretaría General de Inmigración y Emigración
  • Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social

2. Organización Periférica:

Representa al órgano estatal y realiza Seguir leyendo “Organización de las Administraciones Públicas en Materia Laboral en España” »

Ley Contra la Corrupción: Delitos y Sanciones en Venezuela

Capítulo I: Del Enriquecimiento Ilícito y su Restitución al Patrimonio Público

Artículo 46. Enriquecimiento Ilícito

Incurre en enriquecimiento ilícito el funcionario público que hubiere obtenido en el ejercicio de sus funciones un incremento patrimonial desproporcionado con relación a sus ingresos, que no pudiere justificar cuando le sea requerido y que no constituya otro delito.

Para la determinación del enriquecimiento ilícito de las personas sometidas a esta Ley, se tomarán en cuenta: Seguir leyendo “Ley Contra la Corrupción: Delitos y Sanciones en Venezuela” »

Procedimiento Administrativo: Notificación, Instrucción y Responsabilidad

Procedimiento Administrativo

La Notificación

La notificación informa a los interesados sobre el contenido del acto administrativo, así como de los recursos disponibles en caso de disconformidad y sus plazos. Es una condición jurídica esencial para la validez del acto por parte de la administración.

Debe cursarse en un plazo de 10 días desde la fecha en que se dictó el acto. La notificación debe contener el texto íntegro de la resolución, indicando si es definitiva o no, los recursos que Seguir leyendo “Procedimiento Administrativo: Notificación, Instrucción y Responsabilidad” »

El Procedimiento Administrativo: Características, Objetivos y Tipos

El Procedimiento Administrativo

El Procedimiento administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin. El procedimiento tiene por finalidad esencial la emisión de un acto administrativo.

Características

  • Pluralidad
  • Individualidad
  • Temporalidad
  • Coordinación
  • Progresividad
  • Instrumentalidad

Objetivos del Procedimiento Administrativo

Organización Territorial del Estado y la Administración Pública

Autonomía Local

Es el poder limitado de carácter jurídico-administrativo, plenamente subordinado a la ley, del que gozan las entidades locales territoriales para la gestión de sus intereses. Es un principio de organización territorial del Estado garantizado por nuestra Constitución mediante la técnica de la garantía institucional. Esto implica que la determinación de su alcance corresponde al legislador estatal y autonómico, pero este, al menos, debe permitir a las entidades locales una Seguir leyendo “Organización Territorial del Estado y la Administración Pública” »

El Acto Administrativo: Definición, Características, Clases y Elementos

El Acto Administrativo

Definición y Características

Los actos administrativos son declaraciones unilaterales de voluntad, conocimiento, juicio o deseo realizadas por la Administración. Además de la declaración intelectual, se excluyen las actividades puramente materiales.

Ejemplo: Ejecuciones coactivas como la demolición de un edificio declarado en estado ruinoso por parte de los empleados del ayuntamiento, dado que el propietario se ha inhibido. La declaración previa es el acto administrativo Seguir leyendo “El Acto Administrativo: Definición, Características, Clases y Elementos” »

Control Judicial de la Administración: Jurisdicción Contencioso-Administrativa

1. Extensión y Límites de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Ámbito de la JCA

La cláusula general de competencia presenta dificultades en su delimitación. El criterio básico de definición es de carácter subjetivo. Existen otros órdenes de ámbito definido funcionalmente (determinadas materias con independencia de los sujetos). No obstante, también existen criterios de delimitación de carácter objetivo o funcional. Los órganos de la JCA conocerán de las pretensiones que se deduzcan Seguir leyendo “Control Judicial de la Administración: Jurisdicción Contencioso-Administrativa” »

El Procedimiento Administrativo en España: Iniciación, Instrucción, Finalización y Recursos

El Procedimiento Administrativo

A.- INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

a.- Formas de iniciación

De oficio

El procedimiento se inicia de oficio por acuerdo del órgano competente, adoptado bien por propia iniciativa, bien como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otro órgano o por denuncia del administrado (art. 69 de la Ley 30/1992). No se debe confundir la iniciación de oficio previa denuncia del administrado con la iniciación a solicitud del interesado.

A solicitud del interesado

No Seguir leyendo “El Procedimiento Administrativo en España: Iniciación, Instrucción, Finalización y Recursos” »

Los Bienes de la Administración Pública en España

Introducción

La ley solo se aplica objetivamente a los contratos onerosos, esto es, aquellos que contienen prestaciones recíprocas entre las partes contratantes, y que se clasifican en los siguientes:

Tipos de Contratos

Los Bienes de la Administración Pública y su Régimen Jurídico

Los Bienes de la Administración Pública

Las Administraciones Públicas, como personas jurídicas públicas, son titulares de bienes que, por estar destinados a la satisfacción de los intereses generales, tienen un régimen jurídico diferente al de los bienes regulados por el Derecho privado.

La Constitución Española y los Bienes Públicos

Nuestra Constitución Española subordina «toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad» al interés general (art. 128. Seguir leyendo “Los Bienes de la Administración Pública y su Régimen Jurídico” »