Albaceazgo
El albacea es la persona nombrada por el testador con la misión de proveer a la ejecución del testamento.
Capacidad
No podrá ser albacea el que no tenga capacidad para obligarse. El menor no podrá serlo ni con la autorización del padre o tutor.
Clases
Los albaceas podrán ser nombrados de manera:
- Mancomunada
- Sucesiva
- Solidaria
Mancomunada: En caso de suma urgencia, podrá uno de los albaceas mancomunados practicar, bajo su responsabilidad, los actos que fueren necesarios, dando cuenta inmediata Seguir leyendo “Derechos Hereditarios: Albaceazgo, Revocación y Legítimas en el Código Civil” »