Nombramiento de Diversas Autoridades
Funcionarios de Exclusiva Confianza (Art. 32 N° 7 y 8 y 10 CPR)
El Presidente de la República puede efectuar nombramientos en cargos de su exclusiva confianza.
Los funcionarios de exclusiva confianza son aquellos que son nombrados libremente por el Presidente de la República, sin necesidad de concurso público. Además, puede removerlos libremente simplemente pidiéndoles la renuncia en cualquier momento. Se mantienen en sus cargos mientras cuenten con la confianza Seguir leyendo “Atribuciones Presidenciales en Chile según la Constitución” »