Suspensión del Acto Reclamado: Artículos 122 al 138
Suspensión de Oficio (Art. 123)
La suspensión de oficio se decretará en el auto de admisión de demanda cuando los actos reclamados pongan en peligro la vida o la reparación de la garantía individual sea físicamente imposible.
Efectos de la Suspensión
- Cesen los actos que atenten contra la vida, el destierro, la deportación o la ejecución de los prohibidos por el artículo 22 constitucional.
- Las cosas se mantengan en el estado que guardaban Seguir leyendo “Suspensión del Acto Reclamado en Amparo: Guía Completa del Artículo 122 al 138” »