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Régimen Económico Matrimonial: La Sociedad de Gananciales

1. La Sociedad de Gananciales

El sistema de gananciales (el más frecuente en España) es de carácter supletorio, a falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces (art. 1316 CC), como régimen económico matrimonial en los territorios sometidos al Derecho común (excluidos, los sometidos a un régimen propio, foral o especial).

Concepto

Art. 1344 «mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera Seguir leyendo “Régimen Económico Matrimonial: La Sociedad de Gananciales” »

Sociedad de Gananciales: Gestión, Activos y Principios Fundamentales

La Sociedad de Gananciales

La descripción básica que hace el Código Civil del régimen de gananciales la da el artículo 1344: «mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidas por mitad al disolverse aquella.» El código habla siempre de sociedad de gananciales, y lo hace en el sentido en que tal régimen económico-matrimonial supusiese la existencia de una sociedad Seguir leyendo “Sociedad de Gananciales: Gestión, Activos y Principios Fundamentales” »