1. La Sociedad de Gananciales
El sistema de gananciales (el más frecuente en España) es de carácter supletorio, a falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces (art. 1316 CC), como régimen económico matrimonial en los territorios sometidos al Derecho común (excluidos, los sometidos a un régimen propio, foral o especial).
Concepto
Art. 1344 «mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera Seguir leyendo “Régimen Económico Matrimonial: La Sociedad de Gananciales” »