Prerrogativas de las Cámaras
1. Autonomía Reglamentaria
Las Cámaras tienen la facultad de normar su propio funcionamiento mediante la aprobación de su Reglamento (art. 72.1 CE). Este Reglamento se convierte en la principal fuente del Derecho que regula la vida de las Cámaras, asegurando su plena autonomía. Los Reglamentos solo pueden ser aprobados o modificados por mayoría absoluta de la Cámara correspondiente. La potestad auto-reglamentaria no tiene más límites que la propia Constitución. Seguir leyendo “Las Prerrogativas de las Cámaras y de los Parlamentarios en España” »