TEMA 10. Libertad y ciudadanía. La persona física:
El sujeto de Derecho es designado con el término persona, que etimológicamente quiere decir máscara. En sentido jurídico es todo ser o entidad capaz de derecho y obligaciones. Esta actuación para ser titular de derechos y obligaciones es lo que se denomina capacidad jurídica. Así que resumiendo podemos decir que persona es la entidad con capacidad jurídica. Hay que decir que persona en sentido jurídico no coincide con el significado que Seguir leyendo “Requisitos del matrimonio romano” »