Prioridad Registral
El **principio de prioridad registral** es uno de los principios fundamentales del derecho hipotecario. Se basa en el aforismo latino «prior tempore potior iure» (primero en el tiempo, mejor en el derecho). Este principio se confirma en los artículos 17, 24, 25 y 248 de la Ley Hipotecaria.
- Artículo 17: Inscrito o anotado preventivamente en el Registro cualquier título traslativo o declarativo del dominio de los inmuebles o de los derechos reales sobre los mismos, no podrá inscribirse Seguir leyendo “Principios Hipotecarios: Prioridad, Cierre, Legitimación, Fe Pública y Artículo 41” »