Archivo de la etiqueta: Clases de propiedad en el derecho romano

Adquisición de la propiedad derecho romano


 Epígrafe 2: ejecución personal y ejecución patrimonial en el derecho romano. Bonorum Venditio, cessio bonorum, bonorum distractio.

En el primitivo derecho romano la ejecución en caso de impago de deudas era personal. La regulación se conténía en la tabla III de la ley de Las XII tablas donde se regulaba el procedimiento ejecutivo de la Manús Iniectio. En este procedimiento se establecía un plazo de 30 días desde que el deudor reconoce la deuda o desde que una sentencia la declarase. Si Seguir leyendo “Adquisición de la propiedad derecho romano” »

Elementos del delito de homicidio

¿Qué son las obligaciones?


La obligación es un vínculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta

¿Cuál es la clasificación de las obligaciones?


En las obligaciones de hacer el deudor está obligado a realizar un hecho. En las obligaciones de no hacer, el deudor debe abstenerse de realizar un hecho.

¿Explica quién es el acreedor dentro de una obligación?


El acreedor es el sujeto activo de la obligación que es titular de un derecho subjetivo, comúnmente llamado Seguir leyendo “Elementos del delito de homicidio” »

Modos de adquirir la propiedad derecho romano

La custodia, se produce cuando la obligación del deudor consiste en conservar una cosa un determinado tiempo y luego devolverla
. La conducta es la de custodiar. Así pues, custodiar es la modalidad que presenta el deber de diligencia al que está obligado el deudor, su actuación como páter diligens (el buen padre de familia, atento a las necesidades de su familia). La falta de diligencia supone la culpa. Ahora bien, custodia y custodiam praestare aparecen en las fuentes romanas empleadas con Seguir leyendo “Modos de adquirir la propiedad derecho romano” »

Mancipatio derecho romano

SERVIDUMBRES: Es un derecho real sobre cosa ajena en virtud del cual el titular de un fundo ve limitado su derecho
de propiedad sobre el fundo en virtud de otro fundo vecino. Y aparece recogido en la ley de las 12
tablas. Es una relación entre fundos vecinos. Hay un fundo dominante y un fundo sirviente.
El fundo
dominante es la finca que se ve beneficiado por la servidumbre y tiene un derecho real sobre cosa
ajena y el fundo sirviente el que se gravado por la servidumbre. La institución de la servidumbre Seguir leyendo “Mancipatio derecho romano” »

Defensa del Derecho Propio con Ataque del Derecho Ajeno

Hurto


234 – 236

Posesión e indirectamente propiedad

Cosa mueble ajena

Cualquier persona física (art. 234 y 235)
f.P.Propietario (art.236)

Propietario (art.234 y 235)
f.P. Poseedor legítimo (art.236)

Apropiarse, tomar las cosas muebles ajenas (superior 400€)

Ánimo de lucro

Art.235


Robo


237 – 241


Propiedad en caso de furtum possesionis
Posesión

Cosa mueble ajena, sobre la que recae la acción del sujeto

Cualquiera, en caso de furtum possesionis, el Propietario de la cosa o un tercero

Dueño de las cosas muebles, Seguir leyendo “Defensa del Derecho Propio con Ataque del Derecho Ajeno” »