Reconocimiento de Deuda y su Inscribibilidad
Pregunta: Presentamos en el Registro una escritura de reconocimiento de deuda en la que A reconoce deberle a B 100.000 €. ¿Será inscribible?
Solución práctica: No.
Fundamento: En el Registro sólo se inscriben títulos en los que se constituye un derecho real (art. 2 LH). En este supuesto únicamente existe un derecho obligacional que sería inscribible si lo garantizasen con hipoteca.
Distribución de Responsabilidad Hipotecaria mediante Instancia Seguir leyendo “Casos Prácticos Resueltos de Derecho Registral Inmobiliario” »
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Elementos Accidentales en las Relaciones Obligatorias: Tiempo, Lugar y Condición
Circunstancias de la Relación Obligatoria
En las relaciones obligatorias, se suelen fijar los siguientes elementos, denominados accidentales:
- El tiempo o plazo.
- El lugar de cumplimiento.
- La condición.
Aunque es habitual que aparezcan, no son obligatorios. El tiempo es un elemento esencial, ya que toda obligación tiene un momento de nacimiento y otro de cumplimiento. Es exigible desde que nace y se extingue cuando se cumple.
Cuando al deudor se le concede un plazo para pagar, solo podrá exigírsele Seguir leyendo “Elementos Accidentales en las Relaciones Obligatorias: Tiempo, Lugar y Condición” »
Modalidades de las Obligaciones: Condiciones, Plazos y Efectos
La regla general es que las obligaciones sean puras y simples, que produzcan sus efectos desde su nacimiento hasta su extinción. Sin embargo, se puede agregar una modalidad con el objeto de alterar sus efectos normales. Que una obligación produzca efectos normales significa que el derecho y la obligación nacen coetáneamente con el acto que los crea, el acreedor puede ejercer su derecho de inmediato, subsiste en el tiempo hasta su extinción normal, y el deudor debe cumplir con su obligación Seguir leyendo “Modalidades de las Obligaciones: Condiciones, Plazos y Efectos” »