EL CONTRATO DE SUMINISTRO: Código de Comercio art. 968 y sgts.
Definición:
“Es el contrato por el cual una parte se obliga, a cambio de una contraprestación, a cumplir en favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios”.
Reglas para establecer la cuantía del suministro:
Si las partes no lo hubieren fijado en cantidad determinada o señalado las bases para determinarla, se aplicarán las siguientes reglas:
- Si las partes han fijado un límite máximo Seguir leyendo “El Contrato de Suministro y Prestación de Servicios en España” »