Legislación General de Publicidad (LGP)
Artículo 1: La publicidad se regirá por esta ley, por la Ley de Competencia Desleal (LCD) y por las normas especiales que regulen determinadas actividades publicitarias.
Artículo 2: La publicidad es toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles Seguir leyendo “Legislación Publicitaria y Derecho Mercantil: Análisis Completo” »