Contratos de Locación, Obra y Donación
Contrato de Locación
Obligaciones del Locador
- Entregar la cosa: con todos sus accesorios, en buen estado de conservación o en el estado en que se halle si así se convino. Si no cumple, el locatario puede:
- Pedir que se cumpla el contrato y se le dé la cosa.
- Pedir su resolución (+ daños y perjuicios).
- Conservar la cosa en buen estado: y hacer las debidas reparaciones. Si no cumple, el locatario puede:
- Retener parte del alquiler equivalente al costo de las reparaciones. Seguir leyendo “Contratos de Locación, Obra y Donación en el Código Civil Argentino” »