Elementos Estructurales de los Contratos
Las Partes del Contrato
La Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) establece las partes en su Título II, concretamente en el art. 316: «1. Los Ministros y los Secretarios de Estado son los órganos de contratación de la Administración General del Estado (AGE) y, en consecuencia, están facultados para celebrar en su nombre los contratos en el ámbito de su competencia. En los departamentos ministeriales en los que existan varios órganos de contratación, Seguir leyendo “Elementos Estructurales de los Contratos Públicos: Guía Completa” »