22.2º continuacion. La recepción del derecho de la UE en España: La recepción del derecho originario
Se sigue el régimen general previsto por los tratados internacionales art 96.1 CE. Los tratados válidamente celebrados una vez publicados oficialmente en España formaran parte del ordenamiento interno
La entrada en vigor se producirá en la fecha pactada por los estados miembros.
La recepción del derecho derivado
En la constitución no hay previsión específica sobre la recepción del derecho Seguir leyendo “Control directo de la legalidad de los actos de la UE” »