Convenio de Bruselas 1968
Relaciones con PTU (art. 23). Materia: civil y mercantil (excluidas: fiscal, aduanera, administrativa, estado y capacidad de las personas físicas, regímenes matrimoniales, testamentos y sucesiones), quiebra, seguridad social y arbitraje.
Requisito de aplicación espacial y personal: territorios de PTU o que las partes se sometan expresa o tácitamente a juzgados de esos territorios. Demandado = domicilio en algún territorio del PTU.
Foros:
- Exclusivos (art. 16)
- Sumisión expresa Seguir leyendo “Convenios Internacionales y Normas de Competencia Judicial Internacional” »