Delitos de Omisión
Definición: Son aquellos que tienen su origen en un comportamiento negativo, al infringir una norma imperativa o de mandato. Se caracterizan porque el sujeto no lleva a cabo una conducta debida (obligada), que coincide directamente con la descripción del tipo penal (es decir, la conducta omitida coincide con la conducta típica), sin que se exija la atribución de resultado alguno a la misma. Ejemplos: delito de omisión del deber de socorro (art. 195 CP) y delito de impago Seguir leyendo “Delitos de omisión, coautoría, cooperación necesaria y otros conceptos penales” »