Código Federal de Procedimientos Civiles: Cotejo de Documentos y Prueba Pericial
Capítulo III: Del Cotejo de Documentos
ARTÍCULO 137. Si el documento se encuentra en libros o papeles de casa de comercio o de algún establecimiento industrial, el que pida el documento o la constancia deberá fijar con precisión cuál sea, y la copia testimonial se tomará en el escritorio del establecimiento, sin que los directores de él estén obligados a llevar al tribunal los libros de cuentas, ni a más que Seguir leyendo “Cotejo de Documentos y Prueba Pericial en el Código Federal de Procedimientos Civiles” »