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Estado de Quiebra: Concepto, Características, Presupuestos y Clases de Créditos

Noción de Quiebra

  • La quiebra es un estado de crisis económica de una persona que le impide cumplir con sus obligaciones.
  • Representa un desequilibrio entre los valores realizables y las prestaciones exigibles.
  • El derecho chileno no define explícitamente la noción de quiebra. El artículo 1° de la Ley de Quiebras define el juicio de quiebras, enfocándose principalmente en el aspecto procesal. Sin embargo, la quiebra no es solo procesal; involucra normas de derecho privado, procesal, penal, público, Seguir leyendo “Estado de Quiebra: Concepto, Características, Presupuestos y Clases de Créditos” »

Créditos, Indemnización, Culpa, Mora y Cláusula Penal en Derecho Civil

Clases de Créditos y sus Características

9. Cuarta Clase de Créditos y sus Características

Se refiere a los siguientes créditos:

Obligaciones Mancomunadas y Solidarias: Definiciones y Diferencias

Obligaciones Mancomunadas

Concepto: Es aquella en la que el crédito o la deuda se fracciona en tantas relaciones particulares independientes entre sí como acreedores o deudores haya. Las cuotas respectivas se consideran deudas o créditos distintos los unos de los otros.

Obligaciones Simplemente Mancomunadas

El crédito o la deuda se dividen entre todos los acreedores y todos los deudores. Este fraccionamiento de la obligación solo puede ser cumplido en lo que concierne a las relaciones de los acreedores Seguir leyendo “Obligaciones Mancomunadas y Solidarias: Definiciones y Diferencias” »

Operaciones y Contratos Bancarios

Las empresas de financiación o intermediación financiera con consumidores: La autorización de las entidades de crédito les reserva la actividad de depósito público de fondos, pero la realización de préstamos y apertura de créditos pueden ejercerse por cualquier persona, física o jurídica, que de manera profesional, realicen cualquiera de las actividades que consistan en (art. 1.1 Ley 2/2009):

Contratos de Factoraje y Prenda: Aspectos Clave y Marco Legal en Argentina

Contrato de Factoraje

Definición: Existe contrato de factoraje cuando una de las partes, denominada factor, se obliga a adquirir por un precio en dinero determinado o determinable los créditos originados en el giro comercial de la otra, denominada factoreado. El factor puede otorgar anticipo sobre tales créditos, asumiendo o no los riesgos. El factoreado puede hacer cesiones globales de parte o todos sus créditos, tanto los existentes como los futuros, siempre que estos últimos sean determinables. Seguir leyendo “Contratos de Factoraje y Prenda: Aspectos Clave y Marco Legal en Argentina” »