Usufructo
Concepto
Art. 764: Es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y sustancia, y de restituirla a su dueño, si la cosa no es fungible; o con cargo de volver igual cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su valor, si la cosa es fungible.
Según la doctrina, en este artículo la ley define dos instituciones distintas:
- Usufructo: Que por definición solo puede recaer en las cosas no fungibles.
- Cuasiusufructo: Que por definición recae Seguir leyendo “Usufructo, Servidumbres y Propiedad Fiduciaria en el Derecho Civil” »