El Dolo en Derecho Penal
La doctrina distingue dos formas de culpabilidad: el dolo, de mayor gravedad, y la culpa o imprudencia, de menor gravedad. El Art. 10 del Código Penal (C.P.) establece: “Son delitos o faltas las acciones u omisiones dolosas o imprudentes penadas por la Ley.” El dolo y la imprudencia constituyen el elemento subjetivo en que ha de basarse la responsabilidad criminal. No hay pena sin dolo o imprudencia.
Podemos definir el dolo como la voluntad dirigida a la comisión de Seguir leyendo “El Dolo en Derecho Penal: Tipos, Elementos y Delimitación” »