Procedimiento de apremio
tiene lugar:
- si no ha habido oposición;
- si ella ha sido desestimada por sentencia de 1 inst;
- si ella ha sido desestimada por sentencia de 2 inst.
Si no ha habido oposición en el término legal, no hay ningún problema; si la oposición ha sido desestimada por sentencia de 1 inst, la apelación y la casación sabemos que se conceden en el solo efecto devolutivo; y si la oposición ha sido desestimada por sentencia de 2 inst, tampoco la casación suspende su ejecución o cumplimiento. Seguir leyendo “Procedimiento de Apremio y Cumplimiento de Sentencias” »