Texto de la ley
– TABLA I: si alguien es citado, vaya, sino que se le capture. Si trata de evitarlo, échesele mano. Si
Hay enfermedad, edad provecta o minusvalía que se le conceda montura y si no la quiere, no se
Le dé jumento. El garante del propietario, ha de ser propietario y del pobre, uno que fíe por él.
Cuando se haga pacto, anúnciese, sino presenten su causa en comicios o en el foro antes del
Mediodía. En la exposición oral han de estar ambos presentes. Pasado mediodía, se adjudicará
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