La Constitución Española prevé dos tipos de actos normativos del Gobierno con fuerza de ley: el Decreto legislativo (arts. 82 a 85 CE) y el Decreto ley (art 86 CE).
El Decreto Legislativo
Se caracteriza porque son las Cortes Generales las que habilitan al Gobierno para que dicte disposiciones con fuerza de ley. Nos encontramos, por tanto, ante una delegación que hace el titular del poder legislativo al Gobierno. Existe, por tanto, una delegación (acto del Parlamento) y una legislación delegada Seguir leyendo “El Decreto Legislativo en la Constitución Española” »