2.3 Técnicas de cooperación y coordinación
Cooperación:
Son relaciones de colaboración, de creación de órganos mixtos, de comisiones multisectoriales. El art. 149 CE regula una larga lista de competencias exclusivas del Estado, por lo que se plantea la duda de por qué existen estas relaciones interadministrativas. Son necesarias porque realmente no todas las competencias son exclusivas pues hay competencias conjuntas, es decir, que en una misma materia hay varias fases y a lo mejor una es Seguir leyendo “Función del delegado del gobierno” »