Alegaciones de las Partes
Si no se ha producido acuerdo en conciliación, se pasará al juicio oral, el Juez o Tribunal dará la palabra a las partes al objeto de que cada una exponga sus posiciones en el trámite de alegaciones. Las partes harán uso de la palabra todas las veces que el Juez o Tribunal consideren conveniente.
Alegaciones del Demandante
Las primeras alegaciones las efectúa el demandante, al efecto de ratificar o ampliar la demanda. El art. 85.1 LPL permite al demandante ratificar Seguir leyendo “Alegaciones, Prueba y Medios Probatorios en el Proceso Laboral” »