Derechos económicos
Artículo 112 Constitución:
libertad económica, las limitaciones son aquellas en las cuales actúa el Estado (no se puede expropiar), el Estado debe fomentar la actividad económica privada, toda persona puede dedicarse a la actividad económica que desee, el Estado impondrá limitaciones únicamente en cuanto a la salud, seguridad y ambiente de los demás ciudadanos.Concatenado con el artículo 299 que establece la libertad de empresa, el estado conjuntamente con la iniciativa Seguir leyendo “Derecho a la Propiedad y Arrendamiento en Venezuela” »