Archivo de la etiqueta: Derecho Administrativo Sancionador

Potestad Sancionadora de la Administración Pública: Fundamentos, Evolución y Principios Constitucionales

Fundamento de la Potestad Sancionadora de la Administración

Aunque el principio de división de poderes sugiere el monopolio de la potestad sancionadora del Estado por parte de los jueces y tribunales del orden jurisdiccional penal, la Constitución Española (CE) no solo no prohíbe la existencia de una potestad sancionadora en manos de la Administración, sino que en algunos casos destacados apela expresamente a la potestad sancionadora para la tutela de determinados bienes jurídicos. El Tribunal Seguir leyendo “Potestad Sancionadora de la Administración Pública: Fundamentos, Evolución y Principios Constitucionales” »

Relación entre Derecho Penal y otras Disciplinas Jurídicas

Ciencias Penales y Disciplinas Afines

Relaciones entre Derecho Penal, Criminología, Política Criminal y otras Disciplinas

La Ciencia del Derecho Penal se divide en dos ramas principales: la criminológica y la jurídico-dogmática.

Relación entre Derecho Penal y Administrativo Sancionador

Relación entre el Derecho Penal y el Derecho Administrativo Sancionador

Se tipifican como delitos en el proceso penal las infracciones más graves y son infracciones administrativas las menos graves, como por ejemplo: conductas que deben ser sancionadas con penas privativas de libertad y que quedan reservadas a la jurisdicción penal, ya que la Administración Pública no puede imponer estas penas. Estos criterios son relativos, una misma conducta puede ser tipificada como delito en otros países Seguir leyendo “Relación entre Derecho Penal y Administrativo Sancionador” »

Principios Fundamentales del Derecho Penal y Administrativo Sancionador

1. Relaciones Derecho Penal y Derecho Administrativo Sancionador. Principios Penales

¿Qué principio hay que tener en cuenta para resolver los casos en que concurren sanciones penales y sanciones administrativas? ¿Cuáles son las condiciones en que se aplicaría dicho principio?

Principio: non bis in idem.

Tiene una parte material y una parte procesal.

La parte procesal prohíbe el doble proceso. El sujeto ya juzgado y con una sentencia firme (condenatoria o absolutoria), no puede volver a ser juzgado Seguir leyendo “Principios Fundamentales del Derecho Penal y Administrativo Sancionador” »