Archivo de la etiqueta: Derecho hereditario

Cálculo de la Porción de Pareja en Primer Orden con Abandono de Bienes

Porción de Pareja en Primer Orden – ABANDONO

Definición

La porción de pareja en primer orden corresponde a la legítima rigurosa de un hijo. Se obtiene sumando a la pareja como un hijo más en la herencia.

Cálculo de la Porción de Pareja Imaginaria (PPI)

FórmulaDescripción
BGAN = BGAN / 2
AB = BPC + BGANC

Para obtener los Bienes Gananciales del Causante (BGANC), se deben dividir los gananciales de la sociedad conyugal o (sociedad patrimonial de hecho).

Integrar el Acervo Bruto (AB): Esto se logra Seguir leyendo “Cálculo de la Porción de Pareja en Primer Orden con Abandono de Bienes” »

Vías de sucesión legitima

Partición


Es el negocio jurídico q pone fin al edo d indivisión hereditaria, mediante la distribución del activo neto hereditario entre los coherederos, determinando así el haber concreto de cada heredero.
Es decir, es el acto jurídico q pone fin a la indivisión y le otorga  a c/heredero su parte alícuota de forma exclusiva. La partición produce todos sus efectos transmisibles para q sea oponible frente a 3ros los bienes registrables deben inscribirse en el registro.

Legitimación activa


La Seguir leyendo “Vías de sucesión legitima” »

En el derecho civil panameño puede heredar una persona muerta, Sí o No

EXAMEN DE DERECHO CIVIL V FAMILIA Y SUCESIONES

1.- La herencia se reputa yacente

  1. Cuando pasado un año de fijados los edictos no se hubiere presentado nadie a reclamarla.
  2. Cuando se ignora quién es el heredero o cuando todos hubieren renunciado

  3. Cuando el estado entra en posesión de esa herencia

2.- Modos de suceder ab-intestato:

  1. Por derecho propio, por derecho de representación y por derecho de transmisión

Intestada, testamentaria.

Intestada, testamentaria y legítima o forzosa.

  1. Ninguna de las anteriores

3. Seguir leyendo “En el derecho civil panameño puede heredar una persona muerta, Sí o No” »

Si no se dice nada en testamento legitima larga usufructo del cónyuge

TEMA 8

8.1 LA LEGÍTIMA. SISTEMA DE PROTECCIÓN DE LOS LEGITIMARIOS



En nuestro ord jco se asegura la percepción de una cuota o porción del patrimonio hereditario a favor deciertos parientes en línea recta y del cónyuge que al morir su causante no se hallare separado o lo que estuviere porculpa del delito. Limitándose la libertad de testar de este modo se protegerá a los parientes más próximos del causante atribuyéndoles los Derechos correspondientes a la legítima.
La legítima es la porción Seguir leyendo “Si no se dice nada en testamento legitima larga usufructo del cónyuge” »