CAPÍTULO XX – LETRA DE CAMBIO
CONSIDERACIONES GENERALES
Noción y caracteres generales
Se puede definir la letra de cambio como el título-valor que incorpora una orden incondicionada, dada por quien lo emite, a otra persona de pagar una suma determinada a un tercero. Se encuentra regulada por la Ley 19/1985 de 16 de julio, cambiaria y del cheque.
En la letra de cambio aparecen tres sujetos:
- El librador: es quien emite el documento dando la orden de pago, cuyo cumplimiento garantiza.
- El librado: es Seguir leyendo “La Letra de Cambio: Requisitos, Características y Significado en el Derecho Mercantil” »