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Contratos Reales y Consensuales en Derecho Romano

CONTRATOS REALES

1. Depositum: concepto y elementos

Es un contrato real, bilateral imperfecto, de buena fe y gratuito por el que una persona, llamada deponente o depositante, entrega a otra, llamada depositario, una cosa mueble para que la custodie durante un cierto tiempo.

Garantías de las Obligaciones en Derecho Romano

Garantía de las obligaciones

Cuando una obligación se quiere garantizar, se puede hacer de dos maneras:

  • Sujetando la cosa del deudor a la acción directa del acreedor.
  • Haciendo que otra persona responda de la deuda con su patrimonio.

Garantía personal: la fianza

Implica el compromiso de una persona de responder de una deuda ajena con su patrimonio. La fianza es accesoria; está en función de una obligación principal.

Accesoriedad de la fianza

– El fiador se obliga a lo mismo que el deudor principal. Seguir leyendo “Garantías de las Obligaciones en Derecho Romano” »

Derecho de Obligaciones: Conceptos, Principios y Diferencias con el Derecho Público


D-
proviene de la palabra latina directum que signifgica q esta conforme a la regla, a la ley y a la rama según los romanos lo definen como un aspecto social e indicaba q donde hay sociedad ahí esta el d.
EL D es el orden normativo e institucional de la persona humana en base a una filisofia inspirada a los postulados de la justicia cuya base son las relaciones sociales existentes q determinan su contenido y carácter.
D DE OBLIGACIONES DENTRO DEL D se divi(en d interno d externo) d interno (d puby Seguir leyendo “Derecho de Obligaciones: Conceptos, Principios y Diferencias con el Derecho Público” »

El Procedimiento Extraordinem y la Posesión en Derecho Romano

PROCEDIMIENTO EXTRA ORDINEM

Concepto

Se empezó a utilizar en la época imperial con carácter extraordinario, para ir ganando terreno en la época clásica y convertirse en el ordinario en la época postclásica. En un primer momento los emperadores lo aplicaron para reclamar obligaciones hasta entonces de carácter moral, que reconocieron como legales. En las provincias, era el único procedimiento conocido.

Características

  1. Se realiza en 1 sola fase: desaparecen las fases in iure y apud iudicem.
  2. La Seguir leyendo “El Procedimiento Extraordinem y la Posesión en Derecho Romano” »

Derecho Romano Arcaico: Fuentes y Evolución (451 a.C. – 130 a.C.)

Etapa Arcaica (451 a.C. – 130 a.C.)

Fuentes Orgánicas

Colegio de pontífices: encargados de crear y aplicar el Derecho. Se encargaban de interpretar las costumbres ancestrales y además eran los juristas en un inicio capaces de interpretar la Ley de las XII Tablas.

Colegio de los augures: interpretaban la voluntad de los dioses. Durante la República fueron sustituidos por los Magistrados.

Colegio de los feciales: Encargados del Derecho internacional; tenían atribuciones básicamente políticas.

Pretores: Seguir leyendo “Derecho Romano Arcaico: Fuentes y Evolución (451 a.C. – 130 a.C.)” »

Contratos Romanos: Tipos, Obligaciones y Acciones

Contratos Verbales

Negocios formales en los que la obligación surge por el pronunciamiento de palabras solemnes. Dos tipos:

Sponsio

– Negocio promisorio que se basa en la pregunta y la respuesta. Se caracteriza por su solemnidad. Solo cives. Tenían que estar presentes ambas partes, unidad de acto, respuesta acorde con la pregunta.

Stipulatio

– Es la forma evolucionada de la sponsio, para cives y extranjeros. Contrato formal, abstracto, unilateral en el que el deudor responde a la pregunta del acreedor. Seguir leyendo “Contratos Romanos: Tipos, Obligaciones y Acciones” »

Derecho Romano: Prenda, Hipoteca, Obligaciones y Garantías

PRENDA

Entrega de una cosa del deudor pignorante al acreedor pignoraticio, para que la retenga hasta que se cumpla la obligación. Puede considerarse un préstamo de garantía. La acción pignoraticia es una acción personal por el hecho, cuando se extingue la obligación, el acreedor debe devolver la prenda. El deudor sigue con la posesión civil de la cosa, que puede usucapir mientras esté en manos del acreedor. Pueden ser objeto de prenda las cosas específicas, los muebles e inmuebles.

HIPOTECA

Todas Seguir leyendo “Derecho Romano: Prenda, Hipoteca, Obligaciones y Garantías” »

Jurisdicción, Cognición y Adjudicación en el Derecho Romano

Jurisdicción, Cognición y Adjudicación

El término jurisdicción procede de iurisdictio. Cognición o conocimiento de un asunto viene de cognitio y iudicatio es el acto de juzgar o dar sentencia. En Derecho clásico, la iurisdictio la ejercía el Pretor urbano. El Pretor peregrino se crea para ejercer la jurisdicción entre peregrinos o entre ciudadanos romanos y peregrinos. La iurisdictio podía ser expresamente delegada por el Pretor en un magistrado inferior sine imperio, y también podía Seguir leyendo “Jurisdicción, Cognición y Adjudicación en el Derecho Romano” »

Contratos Reales: Mutuo y Comodato

Tema 26. Contratos Reales

Mutuo

Es un contrato real, unilateral y de estricto cumplimiento en el que una persona, llamada mutuario, recibe de otra, llamada mutuante, una cierta cantidad de dinero o cosas fungibles y se obliga a devolver la misma cantidad del mismo género y calidad. Se caracteriza por la entrega de la cosa y genera obligaciones únicamente para el mutuario. La función económico-social del mutuo es ser un préstamo de consumo. Los elementos personales son el mutuante y el mutuario, Seguir leyendo “Contratos Reales: Mutuo y Comodato” »

Derechos Reales de Garantía: Fiducia, Prenda e Hipoteca en el Derecho Romano

Derechos Reales de Garantía

Introducción

Los derechos reales de garantía sobre cosa ajena tienen como finalidad garantizar la devolución de una obligación determinada. Para garantizar este cumplimiento existen dos vías:

  • Garantías personales: extienden la responsabilidad a otras personas, vinculando su patrimonio al cumplimiento de la obligación.
  • Garantías reales: intensifican la responsabilidad vinculando una o más cosas en forma directa al cumplimiento de la deuda.

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