Archivo de la etiqueta: Derechos reales

El Derecho de Propiedad: Caracteres, Adquisición, Protección y Usucapión

El Derecho de Propiedad

Definición y Caracteres

La propiedad, como derecho real por excelencia, se define como el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas en la ley (C.C. 545).

Caracteres del Derecho de Propiedad

  1. Exclusivo o excluyente: El propietario se beneficia de todos los provechos de la cosa y puede impedir a terceros su uso, goce y disposición.
  2. Pleno o absoluto: Implica un poder pleno sobre la cosa, aunque con limitaciones Seguir leyendo “El Derecho de Propiedad: Caracteres, Adquisición, Protección y Usucapión” »

Derecho de Propiedad y Otros Derechos Reales en el Sistema Jurídico Español

Derecho de Propiedad

Tradicionalmente, la propiedad se configuró como un conjunto de facultades, de posibilidades de actuación del propietario, fundamentalmente: usar, disfrutar, disponer y reivindicar. La doctrina moderna configuró el Derecho de propiedad como un derecho unitario, no una simple suma de facultades, porque entendió que el propietario, aunque eventualmente carezca de alguna de dichas facultades, sigue siendo verdadero propietario. La doctrina actual define la propiedad como un Seguir leyendo “Derecho de Propiedad y Otros Derechos Reales en el Sistema Jurídico Español” »

La Tradición y la Donación en el Código Civil

LA TRADICIÓN

Concepto, naturaleza jurídica y efectos

En principio, la tradición consiste en la entrega de la posesión de la cosa con ánimo del que da (tradens) y del que recibe (accipiens) de transmitir y adquirir, respectivamente, el derecho real que sea sobre ella.

Se distinguen pues en la tradición dos elementos: uno corporal, la transferencia de la posesión, y otro espiritual, el acuerdo de las voluntades de las partes sobre la transferencia del derecho.

Su efecto, presupuesto el título, Seguir leyendo “La Tradición y la Donación en el Código Civil” »

Los Derechos Reales en el Código Civil Español

Clasificación de los Derechos Reales

De entre las numerosísimas clasificaciones dadas por la doctrina, la más frecuente separa entre:

1. Derechos Reales Provisionales

La posesión.

2. Derechos Reales Definitivos

Que a su vez se dividen en:

a) Absolutos

La propiedad.

b) Limitados

Que se subdividen:

  • De disfrute: usufructo, uso y habitación, servidumbre, superficie y vuelo.
  • De realización de un valor pecuniario: prenda, hipoteca y anticresis.
  • De adquisición preferente: tanteo y retracto.

Clasificación que Seguir leyendo “Los Derechos Reales en el Código Civil Español” »

Derechos Reales y Derechos de Crédito: Un análisis exhaustivo

PREGUNTA 1: Diferencias entre Derechos Reales y Derechos de Crédito

Tesis tradicional sobre las dos características que diferencian los derechos reales y los derechos de crédito; cite un ejemplo de derecho real que no reúna esas dos características.

RESPUESTA 1

1.- Los derechos reales o absolutos otorgan a su titular un poder directo e inmediato sobre la cosa que constituye su objeto (el derecho a poseerla o ius possidendi), lo que a su vez le permite satisfacer directamente su interés sin necesidad Seguir leyendo “Derechos Reales y Derechos de Crédito: Un análisis exhaustivo” »

Derecho de Propiedad: Concepto, Características y Clasificación

Derecho de Propiedad

Concepto

La propiedad, derivada del término «propio» (que pertenece a una persona), es el derecho que una persona o entidad tiene para usar, disfrutar y disponer de un bien, así como para recuperarlo de aquellos que lo posean o retengan injustamente (artículo 1228, caput, del Código Civil). Es el derecho subjetivo más completo dentro del derecho de propiedad.

Función Social y Ambiental

El Código Civil (artículo 1228, § 1) reafirma la función social de la propiedad, establecida Seguir leyendo “Derecho de Propiedad: Concepto, Características y Clasificación” »

Derecho Económico y sus fundamentos en el Derecho Público y Privado

Derecho Económico: Intersección entre lo Público y lo Privado

El Derecho Económico no se puede clasificar exclusivamente como Derecho Público ni como Derecho Privado. En el Derecho Público, intervienen las instituciones gubernamentales, como Hacienda, que se encarga de recaudar los impuestos de los ciudadanos, los cuales deben ser cubiertos generalmente en efectivo y, ocasionalmente, en especie.

Por otro lado, el Derecho Económico también se relaciona con el Derecho Privado, por ejemplo, Seguir leyendo “Derecho Económico y sus fundamentos en el Derecho Público y Privado” »

Derecho Económico y sus Interacciones con el Derecho Público y Privado

Derecho Económico: Interacciones con el Derecho Público y Privado

El derecho económico no se puede clasificar simplemente como derecho público o privado. Se encuentra en una intersección entre ambos:

Interacción con el Derecho Público

En el ámbito público, el derecho económico se manifiesta en la intervención de instituciones gubernamentales como Hacienda, que se encarga de la recaudación de impuestos. Estos impuestos, generalmente pagados en efectivo, representan un ejemplo claro de cómo Seguir leyendo “Derecho Económico y sus Interacciones con el Derecho Público y Privado” »

Derecho Económico y sus Interacciones con el Derecho Público y Privado

Derecho Económico: Intersección entre lo Público y lo Privado

El derecho económico no se puede clasificar de manera estricta como derecho público o privado, ya que presenta características de ambos.

Intervención del Derecho Público

En el ámbito del derecho público, el derecho económico se manifiesta en la intervención de instituciones gubernamentales como Hacienda, responsable de la recaudación de impuestos. Estos impuestos, generalmente pagados en efectivo, pueden en ocasiones ser cubiertos Seguir leyendo “Derecho Económico y sus Interacciones con el Derecho Público y Privado” »

Derecho Civil: Servidumbres, Hipotecas y Derechos Reales – Preguntas y Respuestas

Pregunta 23: Servidumbre de Luces y Vistas

Dentro de las diferentes clases de servidumbre prediales a las que se refiere el CC, indicar a cuales de ellas pertenece la servidumbre de luces y vistas.

La servidumbre de luces y vistas es una servidumbre: