TEMA 12: Medidas Provisionales en Casos de Desaparición: Requisitos
Se considerará en situación de ausencia legal al desaparecido de su domicilio o de su última residencia:
- Pasado un año desde las últimas noticias o, a falta de estas, desde su desaparición, si no hubiese dejado apoderado con facultades de administración de todos sus bienes.
- Pasados tres años, si hubiese dejado encomendada por apoderamiento la administración de todos sus bienes.
La muerte o renuncia justificada del mandatario, Seguir leyendo “Medidas Provisionales en Casos de Desaparición y Declaración de Fallecimiento: Requisitos y Efectos” »