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Responsabilidad Tributaria: Deudores Solidarios y Subsidiarios

Responsabilidad Tributaria

Concepto y Notas Definitorias

La Ley podrá declarar responsables de la deuda tributaria, de forma solidaria o subsidiariamente, junto a los deudores principales (art. 35.2 LGT), a otras personas o entidades. Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria.

Primera nota definitoria: Se trata de un tercero que se coloca junto al sujeto pasivo o deudor principal del tributo. A diferencia del sustituto, no lo desplaza de la relación tributaria Seguir leyendo “Responsabilidad Tributaria: Deudores Solidarios y Subsidiarios” »