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Que significa practicar diligencias judiciales

(art.384 bis) de la propia Ley q prevé la posibilidad de prolongar la detención el tiempo necesario para los fines investigadores, el tope de las 72 horas constitucionalmente previsto, hasta un límite previsto de 48horas, siempre que solicitada tal prórroga mediante comunicación motivada dentro de las 1º 48 horas desde la detención sea autorizada por el Juez en las 24 horas siguientes. Una segunda excepción encontramos en nuestro ordenamiento respecto de la previsión del art. 17.2 Sin embargo Seguir leyendo “Que significa practicar diligencias judiciales” »