Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG)
La Convención se aplica a contratos de compraventa de mercaderías entre partes con establecimientos en diferentes Estados Contratantes, sin importar la nacionalidad o el carácter civil/comercial de las partes o del contrato. Excluye ciertos casos, como mercaderías para uso personal, subastas, judiciales, valores, buques y electricidad. No se aplica a contratos donde la principal obligación Seguir leyendo “Guía de Contratos Comerciales Internacionales” »