1.
Inhabilidades relativas para ser candidato a diputado o senador art.
57 no pueden ser candidatos las personas que durante el año inmediatamente anterior a la elección hubieren desempeñado los siguientes cargos:1) Los ministros de estado 2) Los intendentes, gobernadores, alcaldes, consejeros regionales, concejales y subsecretarios 3) Los miembros del consejo del Banco Central 4) Los comandantes en jefe del ejercito, de la armada, de la fuerza aérea y el directos general de carabineros, el director Seguir leyendo “Impedimentos absolutosen cámara de diputados” »