Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
Regulación
Ley 3918 de 1923
Normas Supletorias
- Sociedad Colectiva (SC)
- Código de Comercio (CCO)
- Código Civil (CC)
Solemnidades
- Siempre solemne, debe constar por escritura pública (EP). Mismas menciones que la SC.
- Extracto inscrito en el Registro de Comercio del domicilio en 60 días.
- Extracto publicado en el Diario Oficial en 60 días.
- Modificaciones: aplican las mismas normas que para la SC.
Nulidad
Omitir requisitos produce nulidad entre los socios y hace responsables Seguir leyendo “Sociedades Comerciales y EIRL: Constitución, Características y Responsabilidad en Chile” »