Art 1271
pueden ser objeto de contrato todas las cosas que no estén fuera del comercio de los hombres.
Art 1275
Los contratos sin causa o se opone a la ley o a la moral, no producen efecto algunoArt 1278: los contratos serán obligatorios siempre que en ellos ocurra las condiciones esenciales para su validez.Desde el momento en que se presta el consentimiento ante un contrato, ambas partes podrán exigir lo que acordaron.