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Principio de la relatividad de los contratos en Venezuela

  1. Negocio Jurídico


    Es el acto en virtud de la cual un sujeto de derecho regula sus intereses  propios en las relaciones con otros, con sujeción a la norma que el ordenamiento jurídico  positivo dispone para determinar sus efectos típicos. La doctrina distingue la clasificación de  los negocios jurídicos en: Unilaterales y Bilaterales.

    A) Negocio Jurídico Unilateral:

    es el que resulta de una sola declaración y produce efectos  para quien la emite, independientemente de la voluntad de otro Seguir leyendo “Principio de la relatividad de los contratos en Venezuela” »

El principio de la relatividad de los contratos en el código civil venezolano

Interpretación e integración del contrato

1.-Interpretación e integración de los contratos. Diferencias entre ambos conceptos

Interpretar significa conocer el sentido y alcance de las cláusulas contractuales y por ende, del contrato en si mismo. Es conocer, desentrañar el significado, qué quisieron las partes, cuál era su voluntad.

Existe divergencia en cuanto a quien debe llevar a cabo esta tarea, si las partes o el juez.

La integración en cambio, tiene lugar cuando faltan elementos pero hay Seguir leyendo “El principio de la relatividad de los contratos en el código civil venezolano” »