TÉCNICAS DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA//COMPETENCIA. Regulada art.8 Ley 40/2015. Es la función o conjunto de funciones atribuidas a un órgano administrativo que casa 1 tiene sus competencias. La consecuencia es un requisito de validez a la actividad administrativa, es siempre del órgano. CarácterÍSTICAS. 1. Obligación de su ejercicio, las funciones se asignan para aumentar teóricamente el poder de los órganos administrativos y para que ejerciten. 2. La competencia es del órgano y no Seguir leyendo “Ley de procedimiento administrativo” »
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Junta de gobierno provincial en el 1958 resumen
REGLAMENTO. Son aprobados x el poder ejecutivo. Art. 97 CE el gobierno ejerce la potestad reglamentaria.
Es una disposición administrativa de carácter general y de rango inferior a la ley.
Son disposiciones administrativas porque se trata de regulaciones jurídicas dictadas por el Poder Ejecutivo, + concreto x la A. El carácter general deriva de sus consideración como norma jurídica que ha de ser respetada por sus destinatarios al integrarse en el OJ. Además, se encuentran subordinados a la Seguir leyendo “Junta de gobierno provincial en el 1958 resumen” »